Paráfrasis
Según lo estipulado en el artículo 17 de la de ley
7600 de la de Constitución Política de Costa Rica, se establece que las
personas con alguna discapacidad poseen el derecho de recibir servicios de apoyo
y adaptaciones al sistema educativo, en el mismo se incluye que la planta
física de las instituciones debe estar en condiciones de acceso adecuadas para
todo tipo de humanos.
Cita Textual
Conforme
a lo descrito en la ley 7600, en el apartado de Igualdad de Oportunidades, en
el capítulo 2 donde se contemplan los principios fundamentales, el artículo 3, instaura
los objetivos de la ley, en el cual el inciso b dice: “Garantizar la igualdad
de oportunidades para la población costarricense en ámbitos como: salud,
educación, trabajo, vida familiar, recreación, deportes, cultura y todos los
demás ámbitos establecidos”
Recuperado
de http://wvw.nacion.com/ln_ee/ESPECIALES/documentos/2003/mayo/29/ley.pdf, el
21 de mayo de 2015
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